Recolección de setas en Castilla y León con Micocyl

Carlos Herrera Carlos Herrera
Hechos verificados - Diego López
Áreas reguladas

Áreas reguladas de recolección

Seleccione directamente en el mapa o a través del listado el Área Regulada en la que desee recolectar setas. En todas estas Áreas se requiere un permiso de recolección en vigor. Lea con detenimiento las condiciones de recolección de cada Área regulada antes de comprar el permiso. Con el fin de garantizar la conservación del recurso micológico las autoridades competentes realizan una vigilancia exhaustiva de las zonas reguladas por Micocyl y controles a los recolectores. Puede consultar más detalles sobre el dispositivo de vigilancia AQUÍ.

Condiciones generales de la recolección en zonas reguladas por Micocyl

Condiciones generales de la recolección

  1. La recolección deberá realizarse sin causar daño al monte, quedando expresamente prohibido rastrillar el suelo o dañar el micelio de los hongos, así como estropear las setas de otras especies que no vayan a recogerse ya que todas tienen una función importante en le ecosistema forestal e incluso hay muchas especies de setas que tienen un gran interés científico o bien son utilizadas para estudios, exposiciones o publicaciones.
  2. En los casos en los que la recolección conlleve el arranque del pie completo de la seta, el terreno deberá quedar en las condiciones originales, rellenando los agujeros producidos con la misma tierra extraída.
  3. Para la recolección y el traslado de las setas recolectadas se deben utilizar cestas o recipientes que permita la aireación de las setas. No está permitido el uso de bolsas de plástico que impiden la transpiración y la caída al exterior de esporas.
  4. Queda prohibido recolectar huevos cerrados de oronja (Amanita caesarea), es decir, con el carpóforo encerrado en el interior del velo. Los ejemplares de parasol o galamperna (Macrolepiota spp.) deberán recolectarse con el sombrero extendido.
  5. Está prohibida la actividad de compra-venta de setas en los montes y caminos forestales. Algunos entidades locales disponen de ordenanzas que autorizan la compra-venta de setas. Los compradores en estos casos deben pagar la correspondiente tasa por uso de la vía pública. Los ayuntamientos designarán los espacios o locales expresamente autorizados para ejercer esta actividad.
  6. Está prohibido dejar basuras en el monte y encender fuego en zonas no autorizadas para ello.
  7. Para la recolección de setas, todas las personas deben de obtener su correspondiente permiso. A su vez, el titular del permiso, deberá cumplir las condiciones generales y específicas de cada área de regulación micológica. Los menores de 14 años no están obligados a obtener el permiso, pero para recolectar deberán ir acompañados de un adulto con permiso.
  8. El permiso es personal e intransferible y deberá ser presentado a requerimiento del personal de vigilancia autorizado o de la autoridad competente junto a un documento acreditativo de identidad (D.N.I. o equivalente).
  9. Se entenderá que todas las setas que porte el recolector habrán sido recolectadas en los montes objeto de regulación dentro del área de recolección regulada en la que se está realizando la actividad.
  10. Por motivos ecológicos se podrán establecer limitaciones temporales a la recolección en ciertas áreas o de determinas especies.
  11. Aunque el permiso de recolección está vinculado siempre al área de recolección para la que se expide, algunas modalidades pueden autorizar la recolección en otras zonas reguladas, en estos casos el titular desplazado deberá acatar y respetar las condiciones particulares establecidas para los permisos en cada una de ellas.
  12. En el caso de montes con accesos vallados, los recolectores deberán dejar las vallas cerradas a su paso.
  13. Se prohíbe recolectar setas durante la noche: desde la puesta de sol hasta el amanecer.
  14. Por motivos de seguridad, queda terminantemente prohibido recolectar setas en los días y superficies en los que se esté realizando o preparando una cacería colectiva debidamente autorizada.
  15. Todas las condiciones podrán ser suspendidas y/o modificadas por los Servicios Territoriales de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.
  16. Ni la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, ni las Diputaciones Provinciales, ni los Ayuntamientos y otras entidades propietarias, ni la Fundación Cesefor, serán responsables de los posibles daños y perjuicios provocados por el consumo de setas.

Deben respetarse los ejemplares de setas muy pequeños, pues son muy difíciles de identificar y se pueden confundir fácilmente, además por criterios de sostenibilidad. Respetar los ejemplares envejecidos, pasados o agusanados porque ayudan, por la abundancia de esporas que poseen, a la expansión y fructificaciones futuras. No recoger setas que crezcan cerca de basureros, carreteras, zonas contaminadas o áreas industriales, ya que pueden contener metales pesados.

Guías micológicos recomendados

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El eje de la tierra

Gredos guides

Biosfera Soria

Ecoturismo "EL VALLE"

Musgo y liquen. Animación y Turismo Activo

Sendas vivas

Soriaventura

El Mirador del Lobo

Dispositivo de vigilancia

La Junta de Castilla y León es responsable del control de los aprovechamientos micológicos en las Áreas Reguladas de MICOCYL, así como de velar por que el aprovechamiento se realice respetando las condiciones generales y específicas establecidas. Dicha vigilancia y control es realizado por los Agentes Forestales y Medioambientales de la Junta de Castilla y León a través de controles diarios (incluyendo de semana y festivos) en cualquier momento del año y en cualquier monte de todas las Áreas Reguladas de MICOCYL. Sólo en otoño de 2014, dichos Agentes de la Junta de Castilla y León realizaron controles a 2500 recolectores.

Igualmente, la Guardia Civil colabora intensamente en el control del aprovechamiento micológico en todas nuestras Áreas Reguladas de Castilla y León. Ante cualquier incidente o problema, el personal de MICOCYL se coordina con la Guardia Civil realizando las actuaciones que se estimen necesarias.

Los controles conllevan la verificación del permiso de recolección y de la identidad del recolector, igualmente se revisan las especies y cantidades recolectadas, el respeto de las condiciones de recoleccion y se solicita alguna información adicional estadística. En caso de incumplimiento de las normas, el recolector podrá ser sancionado con una multa de entre 100 hasta 1.000 euros, así como al decomiso de las setas recolectadas.

Carlos Herrera

Carlos Herrera

Editor Senior y Autor en My ASRC

Carlos Herrera escribe sobre turismo activo, rutas de senderismo y experiencias al aire libre. Su trabajo combina información práctica con una visión inspiradora del contacto con la naturaleza.

Diego López

Diego López

Editor Jefe en My ASRC

Diego López coordina y supervisa el contenido relacionado con deportes y actividades de aventura. Con experiencia en periodismo deportivo y pasión por el aire libre, garantiza que cada publicación mantenga altos estándares de calidad y fiabilidad.